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Acción Ejecutiva

Acción Ejecutiva de parte del Presidente Obama que Brinda Alivio Migratorio para Millones de Inmigrantes Indocumentados

El 20 de Noviembre del 2014, la comunidad inmigrante gano una victoria histórica mediante el anuncio del presidente Obama de una Acción Ejecutiva de Alivio Administrativo en el cual declaro que cerca de 5 millones de inmigrantes indocumentados tendrán la oportunidad de solicitar un permiso que les brindara autorización de trabajo y finalmente salir de entre las sombras. Este Alivio Administrativo incluye una extensión del programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) y la creación de un nuevo programa llamado Acción Diferida para Padres (DAPA, por sus siglas en inglés). CASA está respondiendo a este momento histórico en las vidas de nuestros miembros mediante la creación de un programa integral que ofrecerá asistencia en solicitar los beneficios de este Alivio Administrativo mientras que fomentara oportunidades de participación en un poderoso movimiento inmigrante que luchara para asegurar y expandir estas victorias.

¿Cómo Ayudara CASA?

CASA se compromete a ayudar a todos nuestros compañeros y compañeras aprender mas sobre esta oportunidad histórica y entender como puede calificar tanto como eventualmente brindar una variedad de servicios para ayudarles solicitar el beneficio. Es importante reconocer que el presidente apenas anuncio el inicio de sus esfuerzos y no se han divulgado todos los detalles acerca del programa. Aun mas, se conoce que solicitudes para DAPA no serán aceptadas hasta Mayo del 2014.

Aun asi, CASA comenzara ofreciendo sesiones informativas en las cuales se proveerá mas información sobre la Acción Administrativa y como usted puede calificar, empezando la primera semana de Diciembre 2014. Pronto confirmaremos las fechas exactas tanto como las ubicaciones.

¡Cuenta con CASA para bríndales información de cómo preparase y como solicitar el beneficio!

¿En qué consisten los programas de alivio?

Los programas que se harán conocer como DACA y DAPA les brindara aquellos que son elegibles una oportunidad de solicitar una autorización de trabajo temporal por tres años que sería renovable. A lo largo de estos tres años, mientras que no pierda su elegibilidad, la persona estará protegida contra la deportación y elegible para recibir una tarjeta de seguro social, tanto como para viajar fuera del país con permiso, en ciertas circunstancias. Aquellos que son elegibles para este programa no tendrían acceso a beneficios públicos como es el seguro de salud conocido como Obama Care, Medicaid tanto como otros programas similares. Igual no es un camino a ciudadanía.

 

  Programa de Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres (DAPA) Extensión del Programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
¿Quién califica? Para calificar para DAPA, usted debe:

  • Ser padre o madre de un ciudadano estadounidense o residente permanente que nació el o antes del 20 de noviembre del 2014;
  • Haber vivido en los Estados Unidos desde el 1 de enero del 2010;
  • Haber estado presente en los Estados Unidos el 20 de noviembre del 2014 y en la fecha que solicite la acción diferida;
  • No tener estatus migratorio legal en los Estados Unidos el 20 de noviembre del 2014; y
  • Presentar y pasar una revisión de seguridad y antecedentes penales.
  • No tener felonías en su record o ser declarado culpable de participar en ciertos crimines asociados con las pandias o el crimen organizado.
  • No ser una amenaza a la patria o ser acusado de ser un terrorista
  • No tener 3 o mas delitos menores en su record, aparte de violaciones de tráfico.
  • No haber recibido una orden final de deportación del 1 de enero hasta el presente

 

 

La mayoría de los requisitos de DACA no han cambiado, pero hay algunos cambios que podrían permitir que más personas califiquen.

Éstos son los cambios al programa de DACA:

  • Ya no existe algún límite de edad. Si anteriormente le dijeron que usted era demasiado grande para calificar para DACA, esto podría significar que ahora sí podría calificar, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos.
  • El presidente cambió el tiempo que usted debe haber vivido en los Estados Unidos para calificar para DACA. Antes, usted tenía que demostrar haber vivido en los Estados Unidos desde el 15 de junio del 2007. Ahora, podrá calificar para DACA si ha vivido en los Estados Unidos desde el 1 de enero del 2010.
  • DACA y el permiso de trabajo serán válidos por tres años. A partir del 24 de noviembre del 2014, las personas que soliciten DACA por primera vez o para renovar, recibirán acción diferida y un permiso para trabajar por tres años. Si usted ya fue aprobado para la renovación de DACA, su permiso para trabajar es valido por dos años, pero debe estar al pendiente de las últimas noticias porque el gobierno está viendo maneras de extenderla a tres años.
  • Si alguna vez ha sido arrestado o condenado por un delito, ha sido asociado con pandillas, o si no está seguro de su historial criminal, usted debe obtener una copia de sus antecedentes penales y hablar con un abogado para saber si es elegible para DACA .

 

¿Cuándo puedo solicitar? Actualmente el gobierno no está aceptando solicitudes. El gobierno espera comenzar a aceptar solicitudes en aproximadamente 180 días (es decir, el 20 de mayo del 2015). Si usted cumple con los requisitos anteriores para DACA, usted puede aplicar ahora mismo. Sin embargo, si usted califica para DACA bajo los nuevos requisitos, usted tendrá que esperar para solicitar. USCIS comenzará a aceptar solicitudes bajo los nuevos requisitos en aproximadamente 90 días (es decir, el 18 de febrero del 2015).

 

El anuncio también incluyo una variedad de otros cambios importantes al sistema migratorio, los cuales incluyen:

  1. El fin del programa “Comunidades Seguras” o “Secure Communities”, el cual obligaba a entidades policiacas locales compartir información sobre detenidos con la agencia federal de inmigración, el cual fue responsable por un gran número de deportaciones sufridas por nuestra comunidad a lo largo de los últimos años. La eliminación de este programa será un gran alivio para aquellos compañeros indocumentados que seguirán viviendo aquí pero no fueron incluidos en los programas DAPA y DACA.
  2. Un perdón o beca por la cuota (de $680) requerida para procesar la aplicación de ciudadanía para aquellos que demuestran que tienen ingresos debajo del 150% del nivel de pobreza federal.
  3. Una variedad de otros cambios administrativos que permiten esposos y hijos de residentes permanentes y ciudadanos solicitar la residencia permanente sin tener que salir del país, solicitarlo del extranjero y tener que esperar de 3 a 10 años para entrar nuevamente.

 

 

 

¿Que Puedo Hacer Ahora Para Prepararme?

Manténgase en sintonía con CASA, tanto por nuestros sitios web www.casademaryland.org, www.casadevirginia.org, como nuestra página de Facebook y por twitter: @casademaryland para recibir información al dia sobre la Acción Administrativa.

Igual, empiece con hacerse miembro de CASA y participe en nuestras sesiones informativas que comienzan la primera semana de Diciembre. Pronto divulgaremos las fechas exactas por medio de nuestras redes sociales. En estas sesiones proveeremos mucha mas información, pero por lo pronto le recomendamos que reúne los siguientes documentos para ver si usted califica para el programa:

Nota: Es mejor juntar documentos que tengan la siguiente información: su nombre y fecha, y que muestren que usted estuvo en los Estados Unidos.

DAPA DACA
  • Evidencia de que estaba en los Estados Unidos el 20 de noviembre del 2014. Si aún no lo ha hecho, obtenga un comprobante de que usted estaba en los Estados Unidos ese día. Por ejemplo, un estado de cuenta bancario, registros médicos, u otro tipo de evidencia.
  • Prueba de Parentesco con hijo(a) Estadounidense o hijo(a) residente permanente: acta de nacimiento del hijo(a), o cualquier otra prueba.
  • Evidencia de que su hijo(a) es un ciudadano(a) estadounidense o residente permanente: pasaporte, acta de nacimiento, certificado de naturalización, tarjeta de residente permanente, u otra prueba.
  • Prueba de educación o de servicio militar: boletas de la escuela, diploma o certificado de la preparatoria, GED, u otro programa de educación elegible.
Para cumplir con el requisito del servicio militar, usted debe demostrar que es un veterano con licenciamiento honorable de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

 

Prueba de identidad: pasaporte, acta de nacimiento, tarjeta de identidad, u otros documentos.
Evidencia de haber vivido en los Estados Unidos desde el 1 de enero del 2010: recibos de renta o hipoteca, registros de pago, registros médicos, registros de empleo, estados de cuenta, impuestos, registros escolares, y otros documentos.
Registros de antecedentes penales: Vea la guía de cómo obtener sus antecedentes penales en http://www.adminrelief.org/resources/attachment.259796

 

Felicidades a todos por esta victoria histórica. Cuenta con CASA para brindarles información y asistencia en como beneficiarse de esta oportunidad, pero no olvide, la lucha sigue para asegurarnos que esta victoria sea permanente y sea expandida para incluir a todos nuestros compañeros y compañeras. ¡Acompáñenos!…..

¡SI SE PUDO!

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